DERECHOS Y DEBERES
ARTÍCULO 7. El derecho es la potestad que tiene el aprendiz de gozar de libertades y oportunidades
sin exclusión por razones de género, raza, origen familiar, discapacidad, nacionalidad,
lengua, religión, opinión política o filosófica. Principalmente todas las personas tienen derecho
a la educación y al desarrollo de su personalidad, garantizando a su vez, su desarrollo armónico
e integra
ARTÍCULO 9°. Se entiende por deber, la obligación legal, social y moral que compromete a la
persona a cumplir con determinada actuación, asumiendo con responsabilidad todos sus actos,
para propiciar la armonía, el respeto, la integración, el bienestar común, la sana convivencia, el
servicio a los demás, la seguridad de las personas y de los bienes de la institución.
Son deberes del aprendiz SENA durante el proceso de ejecución de la formación, los siguientes:
1. Cumplir con todas las actividades propias de su proceso de aprendizaje o del plan de mejoramiento,
definidas durante su etapa lectiva y productiva.
2. Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios.
3. Verificar en el sistema que sus datos básicos, se encuentren totalmente diligenciados y/o
actualizarlos de acuerdo con el trámite administrativo correspondiente.
4. Participar en las actividades complementarias o de profundización, relacionadas con el
programa de formación, con el fin de gestionar su proceso de aprendizaje.
5. Informar y hacer la solicitud, por escrito, al Coordinación Académico y registrar en el sistema
de gestión de la formación oportunamente las solicitudes o novedades (Traslados, Aplazamiento,
Retiro voluntario y Reingreso) que presente durante el proceso de aprendizaje, utilizando medios
virtuales y/o físicos; para los programas de formación complementaria en modalidad virtual,
realizar en los sistemas de información el retiro voluntario del programa o inscripción del mismo.
6. Si el trámite para la consecución de contrato de aprendizaje o de otra de las alternativas para
el desarrollo de la etapa productiva, es realizado directamente por el aprendiz, éste deberá
informar inmediatamente cuando esto ocurra, a los responsables de apoyar este proceso en el
Centro de Formación.
7. Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación del ambiente sano,
vinculándose, apoyando y/o colaborando en las acciones que adelante el Centro de Formación.
8. Acatar las decisiones contempladas en el Manual de Convivencia.
9. Asumir con responsabilidad su participación en las actividades programadas como salidas,
pasantías técnicas, intercambios de aprendices a nivel nacional e internacional, así como en las
demás de carácter lúdico - pedagógico.
10. Hacer uso apropiado de los ambientes de aprendizaje (infraestructura, equipos, herramientas,
recursos didácticos, técnicos, tecnológicos, bibliográficos) disponibles para su proceso de
aprendizaje, asumiendo responsabilidad legal en situaciones de utilización inadecuada y uso
indebido, que deterioran los ambientes de aprendizaje y generan detrimento patrimonial.
11. Asistir a las reuniones que programe el Centro de Formación para seguimiento a las actividades
desarrolladas durante la etapa productiva. La no asistencia a estas reuniones debe
justificarse mediante excusa comprobable.
12. Respetar los derechos de autor en los materiales, trabajos, proyectos y demás documentos
generados por los grupos de trabajo o compañeros, y que hayan sido compartidos al interior de
la Plataforma. Sin embargo, con la autorización de los creadores se puede hacer uso de
cualquier material publicado, dando el crédito a quien generó la idea, a la fuente que se consultó
o al recurso que referencia la información.
13. Conocer y asumir las políticas y directrices institucionales establecidas, así como el Reglamento
del Aprendiz SENA, y convivir en comunidad de acuerdo con ellos
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